Abogados laboral en Valencia

TRAMITACIÓN Y RECLAMACIONES JUDICIALES DE INCAPACIDADES LABORALES

En aquellos supuestos en los que, tras un proceso de baja laboral, ya sea como consecuencia de padecer una enfermedad o haber sufrido un accidente, la persona ve disminuida su capacidad para desempeñar su puesto de trabajo, es cuando podemos encontrarnos ante una posible incapacidad.

Son varios los grados de Incapacidad existentes:

  • Permanente parcial para la profesión habitual : Disminución de su capacidad laboral en un 33% por lo que, puede realizar su trabajo habitual pero con limitaciones o requiere un cambio de puesto de trabajo dentro de la misma empresa.
  • Permanente total para la profesión habitual: Incapacidad para realizar la profesión u oficio habitual pero que no le impide realizar otro tipo de trabajos.
  • Permanente Absoluta: Incapacidad para realizar cualquier trabajo u oficio.
  • Gran Invalidez: Incapacidad para realizar cualquier trabajo u oficio y además necesita la ayuda de una tercera persona para sus actividades básicas.

TRAMITACIÓN DE MINUSVALÍAS ANTE CONSELLERÍA

Cuando una persona tiene alguna limitación sensorial, psíquica, mental o física, existe la posibilidad de solicitar un Certificado de Discapacidad ante Consellería de Igualidad y Políticas Inclusivas de la Comunidad Valenciana.

Existe una Discapacidad cuando el grado reconocido, tras el oportuno examen médico, es igual o superior al 33%.

Este certificado puede serte útil a la hora de realizar la declaración de la renta, acceder a viviendas, al comprar un vehículo, buscar trabajo o incluso para estudiar, y acceder a becas o subvenciones creadas para personas con discapacidad.

El Certificado de Discapacidad es un documento oficial, expedido por la Administración Pública, mediante el cuál se acredita la condición (temporal o definitiva), de la discapacidad, siendo el resultado de una valoración multiprofesional (médica, psicológica y trabajo social).

Este certificado no es nada más que un reconocimiento legal de que la persona tiene una discapacidad, unas dificultades para desarrollar algunas actividades de la vida cotidiana que las otras personas no tienen.

Dos cuestiones muy importantes sobre las que existe un gran confusión:

  • El Certificado de Discapacidad NO tiene nada que ver con un incapacitación civil ni con la invalidez de la Seguridad Social.
  • El hecho de tener reconocido un grado de discapacidad NO implica necesariamente la obtención de ningún tipo de pensión o ayuda. Habrá que estar a las circunstancias de cada caso concreto.